Acuerdo de Continuidad Comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte
Hoy 1ero de Junio de 2021, se publico en el DOF «DECRETO Promulgatorio del Acuerdo de Continuidad Comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, hecho en la Ciudad de México el quince de diciembre de dos mil veinte.»
Así como: «RESOLUCIÓN que establece las Reglas de Carácter General relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del Acuerdo de continuidad comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte.»
Y «ACUERDO por el que se da a conocer la Tasa Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte.»
Entrando estos tres en vigor hoy mismo, por lo que ya contamos con las reglas claras para el intercambio comercial de México con el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, con estos instrumentos legales:
Se fijan los procedimientos aduaneros;
Acreditación del origen de las mercancías entre estos territorios;
Obligaciones tanta de importadores y exportadores;
Procedimientos de verificación de origen de mercancías;
así como
La Tasa Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Y por lo cual, en esta misma fecha 1 de junio 2021, se publico en el DOF, la SEXTA modificación a las reglas donde adecuan las Reglas de Comercio Exterior, por la entrada en Vigor del «ACC» Acuerdo de Continuidad Comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte.