3era Modificación Reglas Generales de Comercio Exterior 2023
El día de Hoy se público:
TERCERA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023 y anexos 2, 4, 21, 22 y 27.
Esta modificación atiende desde los acrónimos y definiciones, ya que se incorpora el acrónimo para incorporación a la “Alianza Aduana Comunidad Comercial contra el Terrorismo”, y una clara definición a lo que se debe entender por “Ventanilla Digital”.
Dentro de los cambios se observan adecuaciones importantes al uso exclusivo de aduanan atendiendo a las aduanas pro las que se puedes importar mercancías especiales como: “Productos radiactivos y nucleares, Precursores químicos, cigarros y productos del tabaco, Bebidas alcohólicas, combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación, materias bituminosas y ceras minerales, y Tequila”; por lo que es importante atende a ello para planear nuestras operaciones de comercio exterior.
También termina el beneficio a importaciones de emergencia por el COVID-19, así como la Autorización para la importación de menaje de casa durante la emergencia sanitaria generada por el SARS-CoV2 (COVID-19), se deroga.
Por otra parte, se modifica el anexo 27 el cual contempla “Fracciones arancelarias de la TIGIE, por cuya importación no se está obligado al pago del IVA, de conformidad con el artículo 25, fracción III, en relación con el artículo 2-A, fracción I de la Ley del IVA.”
Así mismo el Recurso de Revocación ya se puede presentar si se trata de actuaciones de facultades de comprobación de la ANAM se puede presentar ante a DGJA (Dirección General Jurídica de Aduanas).
La estrada en vigor es para mañana con sus variantes para el 25 de agosto proximo.