5Ta Modificación Anexos 9 y 21 RGCE

5Ta Modificación Anexos 9 y 21 RGCE

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación

 

QUINTA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023 y Anexos 9 y 21

 

De dan modificaciones a los siguientes Anexos:

 

I.- Segunda Modificación al Anexo 9 de las RGCE para 2022. En el cual se incorpora la fracción arancelaria 3002.41.06. 00, para Vacuna contra el virus SARS-CoV-2, como mercancía que se autoriza a importar de conformidad con el artículo 61, fracción XIV de la Ley, esto es como exentas del pago de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

 

Estableciendo que, para efectos de esta fracción, se entenderá como Primera Modificación al Anexo 9, la publicada en el DOF el 28 de noviembre de 2022.

 

Entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2. de las RGCE para 2023.

 

II.- Quinta Modificación al Anexo 21 de las RGCE para 2022.  En este anexo se establece las Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de determinado tipo de mercancías; por lo que se modifica las fracciones: VI.- Para disponer de la Importación definitiva de combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales; VIII.- Importación de productos minerales y productos de las industrias químicas o de las industrias conexas; estableciendo el listado de las aduanas autorizadas para realizar el despacho aduanero de estas mercancías.

 

Esta modificación entrará en vigor el 19 de diciembre de 2023.

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