Nuevos NICOS para el Café en Capsulas y Los Globos Plásticos Metalizados

Nuevos NICOS para el Café en Capsulas y Los Globos Plásticos Metalizados

El día de hoy 22 de Marzo de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación.

 

1.- ACUERDO que modifica al diverso por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación.

2.- ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior.

3.- ACUERDO que modifica al diverso que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Salud.

 

En el primero de ellos se establecen los Números de Identificación Comercial (NICOS), para identificar el Café en Capsulas y no encapsulados, ya sean sin descafeinar o descafeinados, de las fracciones arancelarias:

 

0901.21.99. Los demás Café, incluso tostado o sin descafeinado; cáscara y cascarilla de café; sucedáneos del café que contengan café en cualquier proporción.

 

090122.99. Los demás Café, incluso tostado o descafeinado; cáscara y cascarilla de café; sucedáneos del café que contengan café en cualquier proporción.

 

Estableciéndose los NICOS:

01 En Cápsulas.

99 Los Demás.

 

Así como los Globos de Plástico Metalizado, de la fracción arancelaria, 9503.00.23; Juguetes inflables, incluso las pelotas de juguete fabricadas exclusivamente de materias plásticas, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9503.00.22; distingüendo con los NICOS a los metalizados con el NICO 01 y los demás con el NICO 99.

Adecuando el Anexo 2.4.1 del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022 y sus posteriores modificaciones.

Así como se reforma el Anexo I, fracción f), del Acuerdo que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2020 y sus posteriores modificaciones.

 

Se crean la Anotación 1 del Capítulo 09 y la Anotación 1 del Capítulo 95, de los números de identificación comercial del Artículo Primero del Acuerdo por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación, publicado el 22 de agosto de 2022 en el Diario Oficial de la Federación y su posterior modificación, con esto estableciendo que es o que se entiende para efectos de la correcta determinación de la fracción arancelaria por “cápsulas” y “globos de plástico metalizado”.

 

Los presentes Acuerdos entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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