Aumento a los Aranceles a la Azúcar de Caña
El pasado lunes 10 de Noviembre de 2025, en la versión vespertina se publicó en el Diario Oficial de la Federación.
DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
Esta modificación a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, es a Diversas Variedades a la importación de Azúcar de Caña, su justificación es debido a atender a la balanza comercial de este producto, cuando indica:
“Que la agroindustria de la caña de azúcar en México enfrenta una situación de sobre oferta de azúcar en el mercado nacional que está poniendo en riesgo la rentabilidad y viabilidad de toda la cadena productiva;”
indicándonos que existe una sobre oferta en la azúcar en el mercado nacional; esto es, provocada por la importación masiva de azúcar de otros mercados internacionales como ejemplo Brasil; indicando:
“Que el arancel de importación vigente para el azúcar, bajo trato de nación más favorecida, actualmente no ofrece la protección suficiente a la agroindustria nacional dada la caída de los precios internacionales de este producto, por lo que se considera necesario modificar los aranceles específicos aplicables de 0.36, 0.338 y 0.39586 dólares por kilogramo (Dls EUA por Kg) a 156% y 210.44% ad-valorem, según corresponda a las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, de conformidad con los derechos y obligaciones de México ante la OMC;”
Por lo que se pretende con ello proteger al sector agroindustrial de la Azúcar de Caña.
Siendo los siguientes aranceles:
| CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CUOTA (ARANCEL) | |
| IMPUESTO DE IMP. |
IMPUESTO DE EXP. |
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| 1701.12.05 | De remolacha. | Kg | 156 | Ex. |
| 1701.13.01 | Azúcar de caña mencionado en la Nota 2 de subpartida de este Capítulo. | Kg | 156 | Ex. |
| 1701.14.91 | Los demás azúcares de caña. | Kg | 156 | Ex. |
| 1701.91.04 | Con adición de aromatizante o colorante. | Kg | 156 | Ex. |
| 1701.99.99 | Los demás. | Kg | 156 | Ex. |
| 1702.90.01 | Azúcar líquida refinada y azúcar invertido. | Kg | 210.44 | Ex. |
| 1806.10.01 | Con un contenido de azúcar superior o igual al 90%, en peso. | Kg | 156 | Ex. |
| 2106.90.05 | Jarabes aromatizados o con adición de colorantes. | Kg | 156 | Ex. |
Este arancel se aplicó a todas las importaciones a partir del 11 de Noviermbre del presente.