SEXTA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023 y Anexos 1 y 5.

SEXTA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023 y Anexos 1 y 5.

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación

 

SEXTA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023 y Anexos 1 y 5.

 

Esta Modificación es únicamente para reformar la regla 7.3.3., fracción XIII, primer párrafo, inciso a), primer, tercer, cuarto, quinto, sexto, octavo, noveno y décimo párrafos e inciso b), primer, segundo, tercer, quinto y séptimo párrafos y fracción XVIII, primer párrafo de las RGCE para 2023.

 

Esta regla en particular nos establece el Beneficios de las empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado.

 

Será aplicable a las operaciones aduaneras y de comercio exterior donde, podrán transferir a empresas residentes en territorio nacional, las mercancías importadas temporalmente conforme al artículo 108 de la Ley o las resultantes del proceso de elaboración, transformación o reparación, para su importación definitiva.

 

La empresa que transfiere las mercancías deberá presentar el formato E15 “Manifestación de voluntad para asumir la responsabilidad solidaria en términos de la regla 7.3.3., fracción XIII” del Anexo 1, que se modificó en esta modificación.

 

Dándose a conocer las modificaciones de los siguientes Anexos:

I.- Tercera Modificación al Anexo 1 de las RGCE para 2023.

II.- Primera Modificación al Anexo 5 de las RGCE para 2022.

 

Estas modificaciones entraran el plenitud en vigor el 1º de enero de 2024.

 

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