Reforma al Reglamento de la Ley Aduanera

Reforma al Reglamento de la Ley Aduanera

El pasado día Lunes 23 de Febrero de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación.

DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley Aduanera.

Estas reformas, adiciones y derogaciones; realizan las adecuaciones necesarias que se ocupan para dar una mayor certidumbre jurídica; muchas de ellas se establecían mediante Reglas Generales de Comercio Exterior; dentro de las principales adecuaciones se pueden observar:

1.- La determinación que todos los trámites para las operaciones que sean bajo el Sistema Electrónico Aduanero, se generaran, trasmitirán y de anexaran documentos electrónicos como el COVE y con los documentos digítales E-Document´s, y que formaran parte como anexos de las operaciones de comercio exterior, y la debida y obligatoria de la integración de los expedientes digitales de comercio exterior, con la incorporación de los nuevos artículos 6-A, 6-B y 64-A.

2.- Requisitos que deberán cumplir los Recintos Fiscalizados Estratégicos, como lo establece el artículo 190.

3.- Los requisitos para los autorizados para realizar la prevalidación de datos de los pedimentos, en su adicionado artículo 7-A.

4.- Dentro de la autorización a personas morales, para la fabricación o importación de candados oficiales o electrónicos, para las operaciones de comercio exterior, se establecen los lineamientos a seguir en el adicionado artículo 13-A.

5.- Lo lineamientos para en caso de la Toma de muestras en un reconocimiento aduanero, con su artículo 76-A adicionado.

6.- En el caso de Subdivisión de Facturas (documentos equivalentes), que se deberá considerar para efectos de la elaboración de la manifestación de Valor Electrónica, con la adición del 4º párrafo, del artículo 65.

7.- Se aclaran las notificaciones durante el despacho aduanero, con el artículo 76-A.

8.- Para efectos de los anexos que se adjuntarán a las Manifestaciones de Valor Electrónicas, deberá observarse lo dispuesto en el artículo 81, incorporando y corroborando como anexo a los Contratos y en su caso las Órdenes de Compra, así como incorporando un nuevo anexo como son las Notas de Crédito o documentos donde consten los descuentos.

Siendo estas algunas de las reformas a este Reglamento de la Ley Aduanera, la cual entro en vigor el día 24 de Febrero de 2026, esperando ahora la publicación de las Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para, las adecuaciones y todo los que las disposiciones indica que será señalado mediante Reglas y que estas coincidan y los dispongan.

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