Inconstitucional la Prisión Preventiva Oficiosa
El día de ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró Inconstitucional la prisión preventiva oficiosa, para los casos de delitos de contrabando, defraudación fiscal, y para las operaciones simuladas conocidas con factureras; representando para ello, para la SCJN la salvaguarda de los Derechos Universales, pero ante los ojos o desde el punto de vista de la Agencia Nacional de Aduanas de México y del Servicios de Administración Tributaria, le están quitando una herramienta intimidatoria, para evitar los delitos fiscales establecidos en el Código Fiscal de la Federación.
Este fallo de la SCJN, consideramos que es correcto desde el punto de vista de la prioridad de salvaguardar los derechos universales, ya que ahora la autoridad aduanera y fiscal no podrá privar de la libertad a los contribuyentes hasta que se concluyan las defensas de estos y las resoluciones no sean a su favor, para solo entonces al estar demostrado y juzgado el o los delitos, entonces aplicar la pena privativa de la libertad; con ello tambien se está obligando a las autoridades aduaneras y fiscales a que sus actuaciones, en sus actos de fiscalización sean más apegadas a derecho y siempre salvaguardando los derechos universales de los individuos; ahora es tiempo que la autoridad aduanera y fiscal se dé cuenta que debe cambiar su forma de trabajar y no pensar internamente en cantidad, si no en calidad en sus auditorias y actos de ejecución.